La SERAM elabora su marco ético

La SERAM elabora su marco ético

Categoría: Noticias

La SERAM ha elaborado el marco ético que se aplica a sus socios. Este borrador se publica ahora, de forma que todos los socios puedan hacer comentarios o sugerencias. 
El documento definitivo será aprobado por la Junta Directiva y se presentará para su ratificación en la próxima Asamblea General de la SERAM.
Envía tus comentarios y sugerencias a presidente@seram.es

Puedes descargar el texto en formato PDF en este enlace

Introducción

La Sociedad Española de Radiología Médica (SERAM) elabora este Marco Ético con el objetivo de que sirva de referente a todos sus socios para sus relaciones tanto con otros profesionales como con los pacientes. Se trata de unas recomendaciones ya presentes en otras sociedades científicas y asociaciones. Y, como en muchas de ellas, pretenden ser una guía, pero no pueden ni deben convertirse en una norma o ley. Un Marco Ético está más allá de los reglamentos y normas, y buscan una excelencia en el comportamiento de los profesionales de la radiología. A la hora de elaborar este documento se ha partido de otros similares ya publicados, de guías disponibles o de recomendaciones de distintos expertos.

Se pretende que sea un documento de consenso y para ello en su proceso de elaboración se ha contado con la participación de radiólogos de la junta directiva de la SERAM, de radiólogos de reconocido prestigio profesional y, finalmente, por los socios, a través de sus sugerencias y mediante su presentación al Órgano Asesor de la SERAM y a todos los socios en la Asamblea General. Este proceso de elaboración del documento le da más validez y permitirá que sea vivido como un documento propio por todos los profesionales de la radiología.

Aunque busca implicar a todos los socios, la exigencia que supone cumplir este Marco Ético será mucho más estricta en los cargos de responsabilidad. Creemos que representar a la SERAM implica no solo dedicar tiempo y energía, sino además ser un referente en lo que supone la imagen y el comportamiento del profesional de la radiología. Esperamos que este documento suponga un hito en nuestra comunidad radiológica y sea un referente para todos nosotros.

Ámbito de aplicación

Este marco ético se dirige a todos los profesionales de la radiología miembros de la SERAM, independientemente de su puesto y centro de trabajo, y también con independencia de su responsabilidad dentro de la SERAM.

De la asociación

Sobre la Junta Directiva

Pertenecer a la Junta Directiva (de la SERAM y de la Fundación Española de Radiología), a los diferentes comités de la SERAM o a las Juntas Directivas de las secciones y filiales de la SERAM supone un privilegio que acarrea una serie de responsabilidades para cumplir con los objetivos de la SERAM.

Con el fin de conseguir que los socios de la SERAM tengan confianza en la efectividad e imparcialidad de la Junta Directiva de la SERAM y de sus comités, los miembros de estos grupos deben:

  • Estar disponibles para responder a los requerimientos de la Junta Directiva o los comités para los cuales fueron elegidos.
  • Tomar sus decisiones buscando el mayor beneficio de la SERAM y siempre priorizando el beneficio para la SERAM frente al de otras corporaciones,  tanto médicas como no profesionales.
  • Evitar someterse a cualquier compromiso u obligación con individuos u organizaciones que puedan afectar a su capacidad de actuar con imparcialidad y de forma objetiva como miembros de la Junta Directiva de la SERAM.
  • Cumplimentar el Registro de Conflicto de Intereses elaborado por la SERAM, que incluye las relaciones con otras organizaciones o sociedades, según las recomendaciones elaboradas por la propia SERAM. Esto implica declarar las situaciones en las que, según su criterio, se pueden ver expuestos a un conflicto de intereses, ya sea por sus conocimientos previos o por sus propias actividades personales. De la misma forma, este marco les obliga a abstenerse de participar en cualquier debate o decisión de la Junta en la que se traten temas en los que pueda haber conflicto de intereses (por relaciones personales, contactos con industria, etc.).
  • Servir a la SERAM sin buscar ganancias ni beneficios personales.
  • No servirse de su cargo en la SERAM o de las influencias o relaciones que le puede aportar para conseguir ningún tipo de beneficio personal o profesional. Este tema tiene especial relevancia en las relaciones comerciales y debe quedar claramente reflejado en el Registro de Conflicto de Intereses.
  • Excluirse de las convocatorias de becas y premios convocados por la propia Junta Directiva de la SERAM.
  • Abstenerse de participar en jurados de concesión de premios, becas o similares cuando existan relaciones personales o profesionales con alguno de los candidatos a los mismos.
  • Promover la participación de los socios de la SERAM en todas las actividades científicas y formativas que organice o coordine la Junta Directiva. Los miembros de la Junta Directiva evitarán postularse como primera opción en aquellas actividades organizadas por la SERAM, lo que no significa que no puedan participar en las mismas cuando se considere que sean la única o la mejor opción para dicha actividad.
  • Evitar cualquier sesgo por raza, religión, discapacidad, estilo de vida, cultura, género, sexualidad o edad.
  • Ser receptivo a las decisiones y acciones que se tomen en la Junta Directiva o en sus comités, con aplicación de las normas de confidencialidad que se establezcan. 
  • Distinguir claramente, tanto cuando hablan como cuando escriben, entre lo que es su visión personal y la de la SERAM.
  • Colaborar en la transmisión de la información al público general sobre la radiología y las funciones de los profesionales de la radiología, siguiendo en todo momento las recomendaciones de este Marco Ético. Esto se aplicaría tanto a los miembros de la Junta Directiva como a los que participen en los diferentes comités de la SERAM.
  • Promover estos principios mediante el liderazgo y el ejemplo.

Los miembros de la Junta Directiva de la SERAM y de sus diferentes comités, así como los miembros de las Juntas Directivas de secciones y filiales de la SERAM, deben cumplimentar el formulario de conflicto de intereses incluido en el anexo 1.

SERAM y la industria

Aunque la SERAM es una sociedad independiente, su desarrollo debe ir paralelo y en coordinación con el campo de la industria relacionada, con aportaciones en ambos sentidos. Estas relaciones deben basarse en la responsabilidad, transparencia e independencia, y con un manejo adecuado de todos los posibles conflictos de intereses (ver anexo 1). Por ello, se considera que:

  • La SERAM podrá realizar contratos y convenios generales con la industria para desarrollar programas de actividades que encajen dentro de los objetivos estratégicos de la Sociedad.
  • Estos acuerdos no supondrán, en ningún momento, una disminución de la independencia, objetividad ni prestigio de la SERAM.
  • La SERAM pondrá en conocimiento de la industria este Marco Ético, y le solicitará su apoyo en todo momento. 

Sobre la formación y las publicaciones

  • La SERAM promoverá la formación y desarrollo científico de sus socios, mediante programas de formación continuada, proyectos científicos, publicaciones, becas o cualquier actividad que se considere adecuada para estos fines.
  • En el diseño de estas actividades y en la designación de sus responsables, el objetivo fundamental será la calidad docente y científica. El beneficio económico, si bien importante para mantener la sostenibilidad de la SERAM, no debe ser el primer motor de las actividades formativas y científicas.
  • En los casos en que haya colaboraciones con la industria para la organización de actividades formativas, se firmarán convenios de colaboración que sigan de forma estricta los principios recogidos en este Marco Ético.
  • La SERAM no llevará a cabo colaboraciones con organizaciones cuyos principios, estrategias, tácticas o, en general, actividades de cualquier tipo, entren en conflicto con los propios de la Sociedad.
  • La SERAM no organizará actividades formativas ni hará publicaciones que vayan contra los principios de la Sociedad.
  • La SERAM ejercerá un control riguroso de todas las publicaciones, proyectos científicos, cursos o actividades que se realicen con su aval, de forma que se asegure que cumplen los principios recogidos en este Marco Ético.

La participación en actividades organizadas por la SERAM

  • La SERAM dispondrá de reglamentos sobre la gestión de dietas, desplazamientos y estancias para los participantes en las actividades que organice. Estos reglamentos se acogerán a los principios establecidos en este Marco Ético y promoverán la austeridad y el gasto sostenible.
  • La Junta Directiva de la SERAM aplicará estos reglamentos de forma estricta, especialmente cuando afecten a su propia actividad, con un carácter ejemplarizante.
  • Todos los participantes en actividades organizadas o promovidas por la SERAM deben cumplir los principios contenidos en este Marco Ético.
  • Todos los participantes en las actividades organizadas por la SERAM evitarán cualquier tipo de comportamiento discriminatorio o que suponga cualquier tipo de acoso.
  • Los participantes en las actividades organizadas por la SERAM pondrán de manifiesto por escrito sus conflictos de intereses si los hubiera, de forma que, si hubiera algún tipo de patrocionio, se asegure que éste no influirá en los contenidos de su participación. 
  • Los participantes en las actividades organizadas por la SERAM harán constar por escrito la procedencia de la documentación y cualquier otro tipo de material aportado por la industria.
  • Resulta conforme a este Marco Ético la existencia de retribuciones razonables a los ponentes y profesores de los cursos por su intervención en los mismos, así como el abono de las dietas correspondientes.

Sobre la investigación

  • Todo socio de la SERAM debe cumplir estrictamente la legislación vigente en materia de investigación.
  • Todo proyecto de investigación debe seguir las recomendaciones publicadas en cuanto a cumplimiento de normas éticas.
  • El objetivo de cualquier proyecto de investigación debe ser promover el avance de la medicina, y debe procurar que el manejo de los recursos sea lo más eficiente posible.
  • No deberían aceptarse proyectos de investigación cuyo fin último no sea el bien del paciente o el avance de la medicina, con independencia de las preferencias personales del investigador o de la posible influencia que la industria pueda tener en el proyecto.
  • Todo proyecto de investigación tiene que estar sólidamente documentado y presentado a través de un protocolo experimental.
  • Todo proyecto de investigación debe recoger los posibles conflictos de intereses que afecten a todos los profesionales implicados.
  • En la publicación de los resultados, los investigadores tienen la obligación de preservar la exactitud de los resultados.
  • La SERAM procurará desarrollar todos los mecanismos necesarios para detectar un posible plagio en las publicaciones que realicen sus socios. En caso de que este ocurriera, se deberá comunicar el mismo, tanto para salvar la propiedad intelectual del verdadero autor como para preservar el prestigio de la SERAM.

Sobre la implicación de la SERAM en la cooperación internacional

  • En la medida de sus posibilidades, la SERAM colaborará en el desarrollo de la radiología en los países o regiones donde exista una mayor necesidad.
  • Para ello, la SERAM buscará la colaboración extraordinaria de sus socios e intervendrá con sus propios medios económicos o la colaboración de la industria y de otros organismos, instituciones o fundaciones.

De los socios

Sobre los socios y su participación en actividades científicas.

  • Ningún socio de la SERAM podrá convocar un acto científico en nombre de la SERAM, con o sin patrocinio, sin estar previamente autorizado por la Junta Directiva de la SERAM.
  • Los socios de la SERAM que participen en actos (conferencias, simposios, mesas redondas, etc.) que tengan carácter comercial lo harán a título personal.
  • Los socios que organicen un acto científico deberán solicitar la autorización de la Junta Directiva de la SERAM para poder utilizar cualquier tipo de elemento de la imagen corporativa de la SERAM.
  • Los socios de la SERAM que participen en actividades científicas o formativas organizadas por la SERAM deberán cumplir lo establecido al respecto en este Marco Ético.

Sobre la formación y desarrollo profesional.

  • Los profesionales de la radiología socios de la SERAM deben estar al día de sus conocimientos, habilidades y competencias para el ejercicio correcto de su profesión.
  • La formación continua debe ser considerada por los socios de la SERAM como un compromiso para poder conseguir sus objetivos en cuanto a conocimientos y competencias.
  • Las labores de docencia e investigación, consustanciales a la actividad clínica y a la mejora de la asistencia, deben regularse de tal forma que nunca supongan un perjuicio para el paciente. 

Sobre el comportamiento profesional

  • En su actividad, el profesional de la radiología debe actuar como agente facilitador del respeto a los derechos y deberes de las personas, tanto a titulo individual como colectivo, y de la utilización de los servicios sanitarios en el marco de la cooperación y la corresponsabilidad.
  • Los profesionales de la radiología aceptan y asumen que su remuneración será exclusivamente por su trabajo, y rechazarán cualquier otra fuente de ingresos (comisiones por material sanitario o consumo de contrastes, etc.) que pudieran condicionar (o ser entendido así por el paciente) las decisiones clínicas.
  • Los miembros de la SERAM no deberán, en el ejercicio de su actividad profesional, exceder sus capacidades por encima de lo que consideren su competencia o conocimiento. Su actividad en el campo de la radiología se debe basar en la prudencia, el buen juicio, evitando siempre el exceso de confianza. Los profesionales deberían consultar en aquellos casos en los que lo consideren necesario, y estas limitaciones deberían ser comunicadas de forma adecuada a los pacientes y los profesionales que les han solicitado el estudio.
  • Si un profesional de la radiología considera que sus capacidades están disminuidas (por enfermedad o cualquier circunstancia personal) deberá actuar en consecuencia: evitar cualquier actuación que pueda poner en riesgo un paciente y comunicar la situación para que se pongan en marcha las medidas necesarias. De la misma forma, si lo que se detecta es esta falta de capacidad en un compañero de la profesión, se le debería comunicar, para que, actuando en consecuencia con este marco ético, ponga en marcha las medidas necesarias.
  • Las actuaciones del profesional de la radiología deberán realizarse bajo criterios de libertad e independencia, y de acuerdo con los estándares científicos del momento y con los medios disponibles.
  • En caso de conflicto de intereses, el profesional de la radiología antepondrá el beneficio del paciente a otros intereses externos, sean profesionales, económicos o de otro tipo.
  • Los radiólogos deben asegurar que el medio de trabajo es seguro, tanto para los pacientes como para el resto de profesionales del equipo, especialmente en lo que se refiere a temas como las radiaciones ionizantes, exposición a campos magnéticos o uso de contrastes.
  • Si se deriva un paciente a una institución o servicio en el que el profesional tiene interés económico, el radiólogo debe comunicar el conflicto de intereses de forma adecuada. Remunerar o compensar a un especialista por derivar pacientes a un radiólogo no se considera un comportamiento ético.

Sobre la relación médico-paciente.

  • El profesional de la radiología debe considerar a las personas como agentes morales, con capacidad para tomar decisiones informadas y responsables en relación a la salud, tanto a nivel individual como colectivo.
  • La información proporcionada será veraz y adecuada a cada paciente.
  • El profesional de la radiología debe asegurar la protección de la intimidad de las personas y la confidencialidad de los datos referidos a personas individuales, colectivos, instituciones o empresas en el marco de las intervenciones sanitarias.
  • Los radiólogos deben establecer relaciones con sus pacientes que les permitan interpretar las imágenes y decidir sobre las siguientes intervenciones que hay que tomar en el contexto clínico del paciente. Deberían asegurar que se les transmite toda la información relevante sobre la historia clínica del paciente.
  • Dada la situación de vulnerabilidad inherente a los pacientes, los profesionales de la radiología deben comprometerse a mantener unas relaciones adecuadas con sus pacientes. De forma específica, los radiólogos nunca deben aprovecharse de los pacientes con fines económicos ni sexuales.
  • El profesional de la radiología respetará la diversidad cultural y los valores de los pacientes con los que realice su trabajo.
  • La asistencia sanitaria debe llevarse a cabo en un ambiente que genere la necesaria confianza entre médico y paciente, debiendo aquel adoptar formas, actitudes y lenguaje que contribuyan a favorecerlo.

Sobre las relaciones entre profesionales y el trabajo en equipo.

  • El profesional de la radiología cooperará con sus colegas y con otros profesionales sanitarios, buscando lo mejor para el paciente. La cooperación con otros profesionales se basará en la honestidad en las opiniones y en el respeto al criterio de los demás profesionales, aun cuando dicho criterio sea diferente al del propio profesional.
  • La SERAM únicamente podrá mediar ante conflictos o discrepancias entre miembros de la Sociedad y siempre sin perjuicio de las competencias atribuidas al Colegio Profesional correspondiente. 
  • Las críticas que se considere deban hacerse al ejercicio profesional de un colega han de formularse en privado o ante los órganos competentes, y nunca ante pacientes o terceros.
  • No debe interferirse en la asistencia que otro profesional esté prestando a un paciente. Únicamente si se juzga que dicha actividad asistencial pone en riesgo la salud o la vida del enfermo se considerará que el estorbo es adecuado, y este se podrá llevar adelante, según los casos, bien directamente sobre el propio enfermo o ante las instancias adecuadas. En todo caso, debe tenerse presente que el compromiso fundamental del médico es con los enfermos y no con la relación que haya podido establecerse con los compañeros de profesión.
  • La existencia de relaciones jerárquicas en el seno de los equipos de trabajo no debe suponer que se cree un ambiente de trabajo que impida el libre intercambio de opiniones. El superior jerárquico debe utilizar su jerarquía sin excesos ni abusos, nunca tratará de forzar en cualquier integrante de su equipo situaciones de conciencia e, igualmente, se abstendrá de forzar la asunción de criterios científicos o profesionales.

Sobre la participación de los profesionales en tareas de peritaje.

  • El acto médico en que consiste el peritaje deberá ejecutarse con observancia de idénticos principios y deberes que son exigibles en el ejercicio de la especialidad, y singularmente observando los principios de capacidad, competencia, especialización y prudencia, y con respeto a los deberes de veracidad, objetividad, imparcialidad, independencia, confidencialidad y rigor.
  • Debe tenerse en cuenta que el peritaje es un acto de colaboración con la Administración de Justicia que tiene como destinatarios, con carácter general, a personas no expertas en medicina; por ello, y salvando en todo caso su rigor, debe expresarse en lenguaje claro, sencillo y comprensible.
  • No debe aceptarse la peritación en materias en las que no se es experto. Asimismo ha de renunciarse al ejercicio de la pericia cuando concurran circunstancias que hagan peligrar la imparcialidad de la misma o, simplemente, la conviertan en incompatible, como relaciones de familiaridad o amistad, o el hecho de haber prestado asistencia previamente al paciente. 

Sobre la participación de los especialistas en órganos de decisión.

  • La participación de miembros de la SERAM en tribunales, comisiones o cualesquiera otros órganos implicados en la evaluación de los conocimientos profesionales, debe llevarse a cabo respetando los principios de mérito y capacidad, y con rigurosa observancia de la necesaria imparcialidad y objetividad en la formación de la voluntad del órgano llamado a decidir y con obligación de guardar secreto.

Sobre el intrusismo profesional.

  • Todo profesional de la radiología está obligado a mantenerse exclusivamente dentro del ámbito de su competencia, y únicamente podrá sobrepasarlo lícitamente en situaciones excepcionales relacionadas con riesgo vital u otro de similar entidad.
  • Los miembros de la SERAM no deberían contratar, ni admitir la colaboración para realizar tareas propias de la especialidad, a personas que no sean especialistas de Radiología. 
  • El profesional de la radiología debería poner en conocimiento de la SERAM todas las situaciones que considere de intrusismo, con el objeto de que se puedan llevar a cabo las actuaciones precisas.

Sobre la publicidad.

  • Los socios de la SERAM no podrán publicitar sus servicios a través de los medios de comunicación de manera falaz, confusa, engañosa o de modo que pueda inducir a error a los pacientes, y tampoco de forma que induzca a falsas expectativas o a la propagación de conceptos infundados, en especial en relación a medios diagnósticos novedosos.
  • La difusión profesional del conocimiento médico es de interés para la población, pero nunca debe ser una promoción personal en detrimento de otros compañeros, ni puede ocultar aspectos que perjudiquen a los pacientes o no reconozcan las complicaciones o la posibilidad de malos resultados. Las nuevas tecnologías pueden ser publicitadas señalando la realidad y la evidencia científica de las mismas.
  • La participación en la publicitación de un hospital, clínica o servicio debe mantenerse siempre dentro de los principios éticos de la medicina y los medios de comunicación.

Anexo 1. Conflicto de intereses

En una revisión amplia sobre el conflicto de interés económico de las asociaciones profesionales sanitarias con la industria (Ruano, 2011), se considera que la “existencia de conflicto de intereses es implícita a la naturaleza humana, y en el ámbito profesional está muy presente cuando se trata de tomar cualquier decisión”. Se ha definido el conflicto de intereses como ”un conjunto de circunstancias que crean un riesgo de que el juicio profesional o las acciones respecto a un interés primario vayan a ser indebidamente influenciadas por un interés secundario” La existencia de un conflicto de intereses no tiene por qué asociarse a una mala práctica o a una mala conducta, si bien muchas malas prácticas tienen su origen en un conflicto de intereses.

Los conflictos de intereses pueden ser de diversos tipos. Los económicos suelen ser los más fácilmente detectables, pero los de otro tipo (como las creencias religiosas o morales) pueden ser muy difíciles de evaluar.

Debido a las importantes relaciones que las sociedades científicas tienen con la industria, es fácil que puedan darse situaciones con potenciales conflictos de intereses, que pueden afectar tanto al estudiante de Medicina como al especialista o al miembro de la Junta Directiva de la Sociedad. Por este motivo, es importante que la SERAM defina claramente los puntos que se deben recoger en todo documento de declaración de conflictos de intereses, asumiendo que es muy difícil determinar todos los contextos en los que se puede dar una situación con un potencial conflicto de interés.

Los miembros de la Junta Directiva de la SERAM deben actuar de forma imparcial y objetiva, y tomar las medidas necesarias para evitar cualquier conflicto de intereses que pueda surgir con otras asociaciones, organizaciones o individuos. Para conseguir este objetivo y que sea visible para los socios, la Junta Directiva ha decidido establecer un Registro de Conflicto de Intereses. Este registro es obligatorio para los miembros de la Junta Directiva y para los miembros de comités de la SERAM.

Es imposible definir una lista completa de organizaciones o individuos con los que podría surgir un conflicto de interés. Los miembros de la Junta deberían declarar todas aquellas situaciones en las que consideren que pudiera surgir un conflicto de interés con otras asociaciones, empresas o individuos.

Intereses que no es necesario declarar

  • Puesto de trabajo habitual.
  • Membresía en cuerpos profesionales, asociaciones médicas u otras organizaciones estatales.
  • Pertenencia a cuerpos profesionales.
  • Membresía en organizaciones comunitarias locales.

Intereses que se deberían declarar

  • Cualquier cargo en organismos oficiales, sociedades especializadas, colegio de médicos o en otros organismos públicos o privados.
  • Consultorías, direcciones o puestos en consejos consultores, siempre que estén relacionados con una organización médica, farmacéutica o del campo sanitario, o con cualquier compañía que tiene negocio, o lo busca, en el sector sanitario.
  • Intereses financieros u otras formas potenciales de ingresos de compañías u organizaciones médicas, farmacéuticas o del sector sanitario. Los ingresos o inversiones gestionados por terceros, independientes, no es necesario que sean declarados.
  • Intereses comerciales que sean relevantes a las actividades de la SERAM.
  • Cualquier otro nombramiento público que no esté relacionado con su actividad laboral habitual.

En caso de duda, se planteará en la reunión de la Junta Directiva de la SERAM, quien solicitará consejo legal si lo considera necesario.

La SERAM es responsable de mantener el Registro del Conflicto de Intereses. Los miembros de la Junta Directiva deben actualizar su registro tan pronto existan novedades en su ficha y, en cualquier caso, se debe renovar anualmente.

Personas relacionadas

Los miembros de la Junta Directiva deben registrar también los intereses económicos o de negocio de las personas con las que tengan conexión especial. Se considera que estas personas son:

  • Miembros de la familia que puedan influir o ser influidos por la Junta Directiva de la SERAM.
  • Cualquier socio en negocios particulares de los miembros de la Junta Directiva de la SERAM.
  • Fideicomisarios de asociaciones con ánimo de lucro, cuyos beneficiarios son miembros de la Junta Directiva o tienen relación con algún miembro de la Junta Directiva.

Procedimiento para Registro de Conflicto de Intereses

  • La Junta Directiva de la SERAM diseñará un formulario para el registro de conflicto de intereses.
  • Todos los miembros de la Junta rellenarán y firmarán este formulario cuando se incorporen a la Junta Directiva.
  • Todos los miembros de la Junta Directiva actualizarán su registro cuando existan cambios relevantes. En caso negativo, harán una actualización anual.
  • Los registros completos se custodiarán en la sede de la SERAM.
  • Todos aquellos datos del registro que contengan información no sensible podrán ser publicados en la página web de la SERAM. La Junta Directiva decidirá los datos que no se deben publicar por suponer un posible perjuicio al miembro de la Junta.
  • Los datos que se puedan publicar se incluirán en la página web de la SERAM, y serán accesibles solo para los socios.

Gestión de problemas relacionados con el Registro de Conflicto de Intereses

  • Cualquier problema relacionado con el Registro de Conflicto de Intereses debe solucionarse lo antes posible.
  • La gestión de estos conflictos lo hará la propia Junta Directiva en reunión ordinaria. En caso de que no esté prevista una reunión ordinaria, se podrá hacer una consulta excepcional a la Junta Permanente o mediante el procedimiento que contemplen los estatutos vigentes de la SERAM.
  • La Junta Directiva pedirá asesoramiento en temas legales y laborales en los casos que considere oportuno.
  • Siempre que exista discordancia o bien se haya detectado un problema de incumplimiento del código ético que pueda tener repercusiones legales, se podrá consultar a una empresa externa.

Referencias

  • Barceló Colomer E, Teribas i Sala N, Jiménez Villa J. El marco legal y ético. En: Guía de investigación clínica en Atención Primaria. Eduard Diogène Fadini, 2005.
  • Cabré Pericas L, Abizanda Campos R, Baigorri González F, Blanch Torra L, Campos Romero JM, Iribarren Diarasarri S, et al. Código ético de la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias (SEMICYUC). Med Intensiva. 2006 Mar 1;30(2):68–73.
  • Camps V. Los valores éticos de la profesión sanitaria. EDUMED. 2015 Jan 1;16(1):3–8.
  • Coyle SL, Ethics and Human Rights Committee, American College of Physicians-American Society of Internal Medicine. Physician-industry relations. Part 1: individual physicians. Ann Intern Med. 2002 Mar 5;136(5):396–402.
  • ESR Code of Ethics. Disponible en: https://www.myesr.org/about/about-esr/esr-code-ethics. Consultado en enero de 2019.
  • ESTRATEGIA de Bioética del Sistema Sanitario Público de Andalucía: 2011 – 2014 /coordinación, Pablo Simón Lorda, María Sagrario Esteban López; autores, Rafael Carretero Guerra et al.Sevilla: Consejería de Salud, 2011.
  • Marco ético de la Sociedad Española de Cirugía Ortopédica y Traumatológica, SECOT. Disponible en https://www.secot.es/marco_etico.php. Consultado el 9 de enero de 2019.
  • Ruano A. El conflicto de intereses económico de las asociaciones profesionales sanitarias con la industria sanitaria. Informe monográfico. SESPAS 2011.
  • Sánchez Jacob M. El marco ético de la Asociación Española de Pediatría: un compromiso con la ética de las organizaciones. An Pediatr (Barc). 1 de diciembre de 2011;75(6):355-7.

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